arango Invitado
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Publicado: Sab Jul 18, 2009 12:09 pm Título del mensaje: Suelo urbano incluido en UNIDAD DE EJECUCION |
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Hola a todos:
Antes de exponer mi pregunta, agradeceros la ayuda que ofreceis a los que tenemos problemas como es mi caso, os expongo el tema ya que es un poco (o un mucho,je,je,) extenso:
Por herencia de mis padres, heredamos a una casa en el pueblo, (3 hermanos), inmueble (edificado en zona urbana, solar de 126 m2 y 150 m2 edificados) de baja calidad en construccion y ubicado en una zona de expansion del pueblo, nuestro interes era venderlo por lo que no nos preocupamos de reformarlo en espera de su venta, transcurre el tiempo y en el año 2000, se publica en el BOP que habiendose aprobado el PROYECTO de MODIFICACIONES PUNTUALES de las NORMAS SUBSIDIARIAS de PLANEAMIENTO de CARCHELES, se procede a la publicación de LAS NORMAS URBANISTICAS contenidas en el proyecto. (cabe informar que de todo esto, nosotros no hemos tenido conocimiento hasta el año 2007), en esas normas urbanisticas se establece entre otras la UNIDAD de EJECUCIÓN nº 12, (U.E 12), en la cual esta incluido mi inmueble.
En el año 2007, me convocan a una reunión la Junta de Compensacion de esta U.E. 12, para iniciar los trmites para su composición, extrañado acudo a la misma y se me informa al igual que a todos los propietarios, (a excepcion de mi inmueble que es zona urbana, todos los demas propietarios lo que aportan son terrenos rusticos), de como está el tema y la composición de la JUNTA DE COMPENSACIÇON.
Desde un principio expongo que no entiendo como no se me ha notificado de todo este tema y lo que no entiendo es que como se ha incluido mi inmueble en esta U.E., con todos los derechos y deberes cuando considero que lo que yo aporto es zona urbana y por lo tanto no debo de participar en gasto alguno, sino, todo lo contrario me siento perjudicado ya que no he tenido conocimiento de este proyecto y no he podido impugnar, reclamar, etc,.
Despues de unas cuantas reuniones en estos 2 años, sigo igual que antes, dentro de la U.E.12 y con la tasación por parte del Organo Gestor, el cual ha decidido tasar la propiedad en 26.000€. o bien la permuta del inmueble por una parcela equivalente en la nueva U.E.12, sabiendo que la extension minima de las parcelas segun NORMAS URBANISTICAS, es de 350 m2, y si yo aporto una superficie de 126 m2, según el Organo Gestor se me queda, quitandole la parte que me corresponde por cesion al Ayto. de viales y zonas verde, una parcela de 75m2, y tendrían que cederme terreno, previo pago, los demas propietarios hasta llegar a esos 350 m2, y si opto por la compensación económica pues la cantidad antes mencionada, cantidad que considero ridicula, ya que considero que aparte del valor de inmueble, se debe de valorar el perjuicio que se me ocasiona:
Por lo tanto os expongo mis preguntas y dudas por si tengo suerte de haberme explicado bien y me dais unos consejos o soluciones
1º, en el caso de optar por la permuta de suelo, yo entiendo que no debo de entrar , como los demas propietarios, a las cesiones al Ayto. de viales y zonas verdes, ya que yo lo que aporto es suelo urbano, y no como los demas que lo que aportan es suelo rustico. ¿Por lo tanto la permuta deberia de ser,SOLAR 126 m2, Y SUMAR A ESTOS M LA EQUIVALENCIA DE LA TASACION DE LA CONSTRUCCION? y en caso de no llegar a la superficie minima (350) entonces optar por la compra de esos metros a los demas propietarios. ¿ y solo entrar en los gastos de la U.E. por los m. que he comprado?, ya que los otros son urbanos a mi entender.
De todas formas, en el caso de optar por la compensacion economica, he reflejado en acta que no estoy de acuerdo con la tasacion a la baja, (el arquitecto en principio valoro el inmueble en 50.000€, segun Costes de Referencia para la construciion, publicado por el colegio Oficial de Arquitectos de Jaén, año 2008, descontando gastos de demolición, ya que considero que nosotros como propietarios de un inmueble urbano al meternos en esta U.E salimos perjudicados totalmente,:
1º, Desde que se aprobó el PROYECTO de MODIFICACIONES PUNTUALES de las NORMAS SUBSIDIARIAS de PLANEAMIENTO de CARCHELES, no he podido solicitar reforma en mi inmueble ya que estaba incluido en ese Proyecto, por lo cual se ha ido deteriorando en el tiempo y por consiguiente perdiendo valor.
2º, Que aparte de la tasacion economica que se haga por parte del Organo Gestor, se debe de valorar tbn que si el inmueble esta en mal estado no es por culpa de sus dueños, sino por estar incluido en una U.E y no poder reformarlo.
3º, Que nos sentimos perjudicados, ademas ,por que los demas propietarios aportaron suelo rustico y ahora es urbano o urbanizable, éstos son beneficiados ya que sus terrenos iran al alza, independientemente de la actual crisis inmboliaria, y mi inmueble se tasa a la baja y con el tiempo el dinero por el que se tase siempre a la larga habra perdido valor, por lo que consideramos que deberia de tenerse encuenta este comentario para valorarlo al alza.
Bueno seguramente se me ha quedado algo en el tintero, pero cfreo que por ahora esta bien, para que os comais un poco el coco , Espero respuesta de alguno de vosotros y os pido pedon por la extension del texto.
Gracias
Antonio |
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