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Regreso a mi pais, me quiere cobrar 2 meses de alquiler

Regreso a mi pais, me quiere cobrar 2 meses de alquiler

 
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Autor Mensaje
Dudosa
Invitado





MensajePublicado: Mie Nov 12, 2008 4:49 pm    Título del mensaje: Regreso a mi pais, me quiere cobrar 2 meses de alquiler

Hola

Les agradecere mucho si me ayudan, mi problema es el siguiente. Mi novio y yo entramos en alquiler de un piso en agosto del año pasado, en semptiembre del presente año se renovo automaticamente el contrato, le hemos avisado a la empresa que no lo alquilo a principios de este mes que nos vamos a finales de noviembre porque regresamos a nuestro pais, despues de varios dias nos ha contestado que no hay problema, pero que le tendremos que pagar el alquiler de este mes mas el de diciembre y enero, esto para evitar una demanda por impago, y mi pregunta es ¿Puede hacer esto? Al entrar dimos un mes de fianza asi que, pretende quedarse con ese dinero, mas lo de otro mes, pero nosotros nos vamos a finales de este mes a nuestro pais. Mi preocupacion es que en caso de que nos demandara, tuvieramos problemas al momento de salir del pais. Por favor! necesito ayuda!!!
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sh
Invitado





MensajePublicado: Mie Nov 12, 2008 5:21 pm    Título del mensaje:

Artículo 9. Plazo mínimo

1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.


"Si se trata como decís del segundo año de contrato:
-A no ser que en el contrato se pactara avisar con más de 30 días de antelación, si habéis avisado a los propietarios de vuestra intención de no continuar en la vivienda al menos 30 días antes no tenéis que abonar ninguna mensualidad más.
-Tras comprobar los suministros y el estado de la vivienda, si no hay desperfectos en la misma y tampoco ningún recibo pendiente, los propietarios deberán devolder la fianza íntegra.
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Dudosa
Invitado





MensajePublicado: Mie Nov 12, 2008 7:12 pm    Título del mensaje:

Muchas gracias,
pero en caso de que quisiera poner demanda la inmobiliaria, no procede verdad, es decir nosotros no tendriamos que permanecer en el pais hasta que se resuelva? Puedo regresar tranquilamente?
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Jan Abogado
Invitado





MensajePublicado: Mar Nov 25, 2008 4:18 pm    Título del mensaje:

Hola Dudosa. Si he entendido bien su consulta su contrato se renovó AUTOMÁTICAMENTE por un año más. Por lo tanto usted, en principio, estaría obligada a permanecer en la vivienda 12 meses más. Así, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted), puede ocurrir :

a) Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.

b) Que no se produzca la resolución de mutuo acuerdo : el arrendador puede optar por acudir a los Tribunales y solicitar el cumplimiento del contrato (y hasta rehusar la entrega de las llaves y no aceptando que se pongan a su disposición la finca) pidiendo incluso una indemnización por los perjuicios.

c) puede, sin acuerdo aceptar las llaves dando por resuelto el contrato, pero entendiendo que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios, por lo que la alegación y prueba de su existencia y cuantia, corresponden al arrendador

Como puede comprobar la mejor opción es la a). Para ello le aconsejo que primero hable con su arrendador y le exponga los motivos por los que usted desea rescindir el contrato

Reciba un cordial saludo.
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