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Derecho Inmobiliario . com Preguntas y Respuestas en Derecho Inmobiliario
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oscli
Registrado: 21 Ene 2009 Mensajes: 1
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Publicado: Mie Ene 21, 2009 6:03 pm Título del mensaje: Esto es increible, por favor, ayuda!!!! |
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Bueno, en primer lugar quería presentarme ante todos los foreros.
Les cuento mi problema. Tengo alquilado a lo que en un principio iban a ser un matrimonio con un hijo en mi antigua casa, los cuales fueron mandados por una oficina de busqueda de inmuebles de un ayuntamiento. Lo que ha pasado es que el hombre se ha divorciado y en un primer momento se quedaron padre e hijo viviendo allí (fué cuando empezaron los problemas). Des de agosto del 08 que me deben agua, luz, etc... dejandome a deber los tres ultimos meses de alquiler. El hijo de este insurrecto ha exprimido a su padre hasta límites insospechables (moto, dos perros de 1000 euros cada uno, una tele de plasma... etc) y cuando ya no ha podido sacar mas se ha marchado a vivir con su madre. Estoy hablando con el inquilino y me dice que va a intentar hacer un prestamo, que no tiene dinero... (pero lo fuerte es que tiene una pensión de invalidez de 1200 euros al mes, pero no paga) lo que pienso es que no puede hacer frente a todas las deudas que tiene y encima tiene que pasarle la manutencion al hijo... pero lo que pienso yo es que POR QUE COJONES TENGO QUE MANTENER YO A ESTE SEÑOR??? La oficina de dicho ayuntamiento ha intentado que haga un prestamo para pagarme, pero lo que quiero yo es que pague y se vaya, no que pague y se siga quedando. Que hago? Denuncio directamente para que lo deshaucien? en ese caso, se me va a pagar todo lo que me debe? Se puede declarar insolvente si cobra de paga de invalidez ese dineral???? Pido ayuda por favor |
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soycarlitos
Registrado: 25 Feb 2008 Mensajes: 54
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Publicado: Vie Ene 23, 2009 11:53 am Título del mensaje: Hola |
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Debe usted requerirle de forma fehaciente (mediante burofax, por ejemplo)
En el scrito indíque cada uno de los conceptos que debe y hágale saber que si no paga sería presentada demanda de desahucio.
Una vez requerido, espere 60 días y presente demanda ante el juzgado, de esa forma no puede "pagar y quedarse" como usted dice.
Por lo demás la pensión es embargable en la forma que dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil ésto es, cuanto más cobre, más cantidad mensual se le puede embargar
Un saludo
Carlos Pascual
Abogado
carlos_pascual@servilegal.es
http://servilegal.blogspot.com |
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chavolas
Registrado: 31 Oct 2008 Mensajes: 8
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Publicado: Jue Ene 29, 2009 5:18 pm Título del mensaje: cobrar cobrar |
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contestando carlitos en mi opinion ya esta contestado
me alegro de verte otra vez por aqui carlos |
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Invitado
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Publicado: Jue Ene 29, 2009 11:44 pm Título del mensaje: |
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tal como comenta carlitos, la solucion más practica es demandarle.
el hecho de enviarle un burofax requiriendole el pago, y esperar 60 dias, hasta demandarle es para evitar que llegado el juicio este señor pague y pueda quedarse.
mientras antes agilices el tema a través de un abogado antes podras disponer del piso. |
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