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cambio de vivienda plusvalía en el IRPF y reinversión

cambio de vivienda plusvalía en el IRPF y reinversión

 
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MIW
Invitado





MensajePublicado: Vie Mar 13, 2009 1:47 pm    Título del mensaje: cambio de vivienda plusvalía en el IRPF y reinversión

Hola a todos. El año pasado cambié de casa y necesitaba averiguar como hacer la declaración de la renta. Vendí la antigua por 182.000 y compé la nueva por 165.000+gastos (ITP+notario+registro propiedad+abogado).

Necesitaba saber si al calcular el incremento patrimonial en el cambio de casa tengo que declarar la diferencia entre estas cifras, o si tengo que considerar que, al precio de venta de la casa lantigua he he de descontar el que me costó cuando la compré. Es decir, que si cuando la compré en 1993 me costó 44.000, y la he vendido en 182.000, la plusvalía sería de 138.000 euros, y al haberlo reinvertido todo en la nueva casa el incremento patrimonial sería cero, o si por el contrario, sólo debeo computar el precio de venta, en cuyo caso sería la plusvalía sería de 182.000, y tendría que pagar de incremento patrimonial en el irpf al 18% la diferencia.
En la nueva casa puedo incluir como costes además del valor en escrituras los gastos?
Puestos en el caso más desfavorable me encuentro con que debo pagar al 18% en el irpf un incremento patriminial de 17.000 euros (182.000 - 165.000)
¿Cuál es la forma correctad e calcularlo?
Gracias a todos
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Invitado






MensajePublicado: Vie Mar 13, 2009 6:10 pm    Título del mensaje:

para tu tranquilidad, acude a un asesor fiscal, y verás que no tendrás que pagar nada

por un lado está que, efectivamente, notaría y gastos son computables

por otro lado está que la plusvalía no es de 138.000, ya que esa sería la plusvalía si la venta se produjera de modo inmediato a la compra ... y, para determinar el supuesto beneficio, lo primero que hay que hacer es actualizar (desde 1993 a 2008) el valor contable de la compra (mayor de 44.000)

un asesor fiscal, en forma de consulta y con el coste de una consulta, te hará la cuenta fiscal ajustada

otra opción, más simple pero menos tranquilizadora, tratándose de la compra de la vivienda habitual, es omitir ambas operaciones ... y dar explicaciones únicamente si eres requerido
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