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Derecho Inmobiliario . com Preguntas y Respuestas en Derecho Inmobiliario
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Mensaje |
invitado Invitado
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Publicado: Dom Nov 02, 2008 1:35 pm Título del mensaje: ¿quién está incumpliendo contrato? |
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tengo alquilada mi vivienda por un contrato prorrogable a 5 años, en el que se especifica que los daños por uso corren a cuenta de las inquilinas. Hace unos meses se les estropeó el grifo y llamaron a un fontanero y me descotaron lo que les cobró de lo que me ingresan mensualmente (sin previo aviso ni acuerdo) Ahora dicen que van a hacer lo mismo porque no les funciona la calefacción (creo que es porque no han quitado la presión o el agua de los radiadores).
¿Quién ha de pagar esos arreglos?
¿puedo denunciarlas por incumplir contrato porque no me abonan la mensualidad completa?
¿De volver a hacerlo?...¿dónde puedo denunciar la situación?
muy agradecida |
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Invitado
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Publicado: Mie Nov 12, 2008 6:01 pm Título del mensaje: |
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Artículo 21. Conservación de la vivienda
1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.
Tal y como dice este artículo de la Ley de Arrendamietos Urbanos:
"La propietaria está obligada a reparar la calefacción a no ser que la causa por la que se haya estropeado sea el mal uso de las inquilinas.
Si no hay acuerdo, siempre se puede recurrir a la opinión objetiva de un técnico."
No obstante:
3.El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.
4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.
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Jan Abogado Invitado
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Publicado: Mar Nov 25, 2008 4:21 pm Título del mensaje: |
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Hola invitado. Le aconsejo que, antes de iniciar ningún trámite judicial, hable con sus arrendatarias para llegar a un acuerdo. Deberán examinar si los daños en calefacción y grifo fueron causados por culpa del arrendatario o por el uso normal de los mismos. En el primer caso sus arrendatarias dederán correr con los gastos de reparación.En el segundo usted deberá hacerse cargo de los mismos.
Reciba un cordial saludo. |
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