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Derecho Inmobiliario . com Preguntas y Respuestas en Derecho Inmobiliario
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Mensaje |
wandita
Registrado: 04 Jul 2011 Mensajes: 1
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Publicado: Lun Ago 01, 2011 1:09 pm Título del mensaje: ¿Como puedo devolver la fianza? |
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| ¿Como puedo devolver la fianza,en metalico o hay otra manera?,¿Puedo tardar más de 30 días? Me pilla en agosto y hacienda esta cerrado.Hay desperfectos,hemos hecho un papel con las deducciones para que nos lo firme la inquilina, para que conste la entrega del dinero no nos fiamos de ella,¿Hacemos bien?,gracias |
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amigo Invitado
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Publicado: Lun Ago 01, 2011 2:08 pm Título del mensaje: devolución de fianza |
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Estimado Wandita:
La fianza no es parte de la renta.
Es lo que es: una fianza.
Quiere decir, que debe asegurarte que puedas deducir de ella los desperfectos que te hubiese ocasionado el arrendatario.
En realidad - aunque sea muy común, y se trate de un malentendido generalizado - tampoco te puedes quedar con la fianza si el inquilino no paga el alquiler (a no ser, que se hubiese estipulado algo diferente / contrario en el contrato de alquiler).
La fianza solo debe responder por los defectos que se ocasionen en tu vivienda.
En la práctica, el inquilino que no te ha pagado el alquiler sin embargo no te va a reclamar la fianza, porque tu podrías reclamarle el alquiler en el mismo procedimiento en el que te solicita la devolución de la fianza.
Por eso la cosa se suele quedar ahí.
Lo que puedes hacer, si la inquilina se va antes del periodo acordado (recuerda que puedes exigir el cumplimiento del contrato), es resolver el contrato de mutua acuerdo diciendo:
El contrato de fecha XXXXX, en relación al arrendamiento de la vivienda sita en *****, entre D. ***** y Dña. ***** se resuelve mediante el presente escrito de mutuo acuerdo.
Dado los desperfectos constatados en la vivienda, se procede a la devolución de un importe que asciende a **** Euros (del total de ***** Euros desembolsados en concepto de fianza).
Así mas o menos.
Hacienda no tiene nada que ver con ésto, ya que no es un beneficio / ingreso sino una especie de indemnización por los daños sufridos.
Otra cosa son los ingresos de alquiler. |
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Invitado
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Publicado: Mar Ago 09, 2011 9:45 pm Título del mensaje: |
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| Te recomiendo que la fianza o parte de ella la devuelvas con un papel que esté firmado por ambas partes. En metálico no ya que pueden reclamarte luego diciendo que ellos no han recibido nada. |
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Invitado
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Publicado: Mar Ago 09, 2011 9:46 pm Título del mensaje: |
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| Te recomiendo que la fianza o parte de ella la devuelvas con un papel que esté firmado por ambas partes. En metálico no ya que pueden reclamarte luego diciendo que ellos no han recibido nada. |
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