 |
Derecho Inmobiliario . com Preguntas y Respuestas en Derecho Inmobiliario
|
| |
| Autor |
Mensaje |
alsoru Invitado
|
Publicado: Mie Abr 18, 2007 9:31 pm Título del mensaje: ¿Cómo recuperar mi espacio del bajo-cubierta? |
|
|
Hola,
he recibido en Herencia un piso y me encuentro en esta situación:
Mi Padre, forzado por los vecinos, accedió a que estos elevaran la altura del edificio, y construyeran trasteros para algunos de ellos, a cambio de no pagar su parte correspondiente de arreglo del tejado que también había que realizar. El acuerdo se tomó en una junta de propietarios, y se reflejó en el acta de la siguiente manera," el propietario del piso 3ºI cede el usufructo de su espacio correspondiente a cambio de no realizar el pago por la reparación del tejado".
Para complicar más la situación, cuando mi padre firmó dicho acuerdo (que nunca se elevó a público, ni por supuesto se inscribió en ningún registro) no era el propietario legal del piso (estaba pendiente de recibirlo como herencia por un conflicto con otro heredero), aunque los demás propietarios del edificio entiendo que sí creian que era el propietario legal, y tenía la capacidad para decidir.
Nosotros, mi hermana y yo, siempre creimos que lo presionaban para aceptar el acuerdo, y así se lo hicimos saber, aunque el no consideró nuestra opinión.
Los vecinos construyeron trsteros, se repartieron el espacio, los cerraron, y los están usando.
Ahora, hemos recibido el piso en herencia de mi padre que ha fallecido, y queremos recuperar el espacio correspondiente. Los vecinos no atienden nuestro requerimiento. Preguntamos al foro:
1) ¿Puede llegar a tener alguna valided legal el acuerdo tomado en la junta de propietarios?, tenemos entendido que los espacios comunes (sería esta la situación inicial del bajo-cubierta del tejado), son indivisibles, y anejos inseparables del piso.
2) Suponiendo que fuera legal, ¿cómo afecta el hecho de que mi padre en ese momento no fuera aún el propietario legal?, de hecho nunca lo llegó ser. Ya que fuimos nosotros los que hemos recibido el piso en herencia ya después de fallecido mi padre.
3)Aún suponiendo que los dos primeros puntos fueran contrarios a nuestros propósitos, ¿podemos nosotros dar ahora por finalizado el usufructo, ya que el el acuerdo no se indicaba la duración?
4) Los vecinos no se dan por enterados, nosotros queremos vender el piso (y por supuesto la existencia del trastero aumenta significativamente su valor) ¿que hacemos?, ¿que podría ocurrir, si entramos, abrimos uno de ellos, cambiamos la cerradura, y pasamos a considerarlo "nuestra propiedad?
Gracias por las opiniones. |
|
| Volver arriba |
|
 |
|
|
Puede crear mensajes Puede responder temas No puede editar sus mensajes No puede borrar sus mensajes No puede votar en encuestas
|
|
Powered by phpBB © 2001, 2005 phpBB Group
|